Fin del uso obligatorio de la mascarilla en interiores

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El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva norma que eliminará a partir de este miércoles 20 de abril la obligación de llevar mascarilla en espacios interiores, salvo en centros sanitarios y sociosanitarios y en todos los transportes, mientras que en los trabajos serán las empresas las que decidan.

Personas con especial vulnerabilidad

Solo habrá que ponerse la mascarilla obligatoriamente en “aquellos espacios en los que puede haber personas con vulnerabilidad”.

Es decir, visitantes y trabajadores de centros, servicios y establecimientos sanitarios como centros de salud y hospitales -incluyendo las farmacias- y sociosanitarios, especialmente las residencias.

También habrá que llevarla en todos los transportes públicos, sin excepción. Así, en cualquier viaje en metro, tren, barco, avión u otros medios la mascarilla es obligatoria en todo momento.

Personas en residencias.

No. Al ser la residencia considerada su casa, pueden prescindir de ella. Sí deberán usarla todas las visitas y los trabajadores de estos centros, como se ha mencionado anteriormente.

Colegios.

En los colegios se podrá prescindir de la mascarilla en todo momento. Ya desde febrero se podía evitar su uso en los recreos, pero desde ahora no serán obligatorias. Sanidad no ha puesto excepciones en estos espacios.

Sí se recomendará a los profesores con factores de vulnerabilidad, al igual que otras personas con estas mismas condiciones en las que no puedan mantener 1,5 metros de distancia interpersonal.

Empresas.

En los puestos de trabajo la mascarilla dejará de ser obligatoria por norma general. Eso sí, el Gobierno reclama a los departamentos de riesgos laborales de las compañías que evalúen en todo momento si es necesario la recomendación de usar la mascarilla. Por ejemplo, si una empresa detecta un brote entre sus trabajadores, sí podría imponer un uso más generalizado de la mascarilla por un periodo de tiempo.

Sí se aconseja cuando la distancia interpersonal sea inferior a 1,5 metros y no se pueda garantizar la ventilación adecuada del espacio.

Sí deberán usar mascarilla los trabajadores de puntos vulnerables, como aquellos que ejerzan su labor en hospitales, residencias o en el transporte público, como se ha mencionado anteriormente.

Exteriores.

Ya en exteriores la mascarilla no es obligatoria desde marzo, pero el Gobierno insiste en que la mascarilla se aconsejará “cuando hay aglomeraciones y cuando se trate de personas vulnerables”, en la línea de lo que propusieron los expertos de la ponencia de alertas en los que el Ejecutivo se ha apoyado para tomar esta decisión.

La mascarilla en hostelería, comercios y en la cultura

En otros lugares cerrados de uso público como comercios, cines, teatros, salas de conciertos, museos, bares, restaurantes y locales de ocio nocturno lo recomendable es un “uso responsable” del cubrebocas, al igual que en el entorno familiar, las reuniones de amigos y celebraciones privadas.

Otros espacios.

En los gimnasios e instalaciones deportivas también podrá ser prescindible el uso de la mascarilla.

Las entidades financieras seguirán exigiendo el uso de mascarillas en sus oficinas cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Sistemas de COVID.

La idea del Gobierno es que las personas que tengan síntomas de Covid deben llevar mascarilla allá donde vayan durante 10 días. También se recomienda que si hay posibilidad de teletrabajo, las personas infectadas trabajen desde casa.

La norma llega tres semanas después de que España haya inaugurado una nueva fase de la pandemia en la que ya solo se cuentan los casos graves y en entornos vulnerables y en la que las personas con síntomas leves o sin ellos no deben aislarse. Por ello, la relajación divide a quienes opinan que aún es pronto para quitarse la mascarilla y lo que creen que ya ha llegado el momento.

 

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