La asociación AUGC informa de la victoria de sus servicios jurídicos. Se trata de una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección dos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, relativa a un recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado, frente a una sentencia anterior de la Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Elche, donde ya se estimó el recurso interpuesto por el guardia civil frente a una resolución del Jefe del Sector de Valencia de la Agrupación de Tráfico, que después fue confirmada en alzada por la propia Jefatura de la Agrupación de Tráfico, que le denegó de una forma “bastante rastrera dicho sea de paso”, su derecho a acumular al año 2019 el crédito de vacaciones que no pudo disfrutar durante el año 2018 tras haber sufrido un proceso de incapacidad laboral temporal hasta el día 5 de diciembre de 2018.
El recurso de apelación presentado por la Administración ha sido ahora desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, siéndole de nuevo reconocido a su afiliado el derecho a disfrutar de ese crédito de 24 días hábiles de vacaciones correspondientes al año 2018 que no disfrutó en su día, volviendo a condenar expresamente en costas a la Administración. No obstante y aunque ésta podría interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que la resolución aún no es firme, desde AUGC confían en que el buen criterio del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sea mantenido en todo caso, evitando así más gastos a los ciudadanos y molestias innecesarias al agente afectado.
Desde la Junta Directiva Provincial de AUGC Alicante, quieren felicitar públicamente a su letrado D. Alberto Manuel Mollá Díez por el gran trabajo realizado, al mismo tiempo que lamentan tener que verse obligados a defender sus derechos a golpe de sentencia, con la pérdida de tiempo y dinero que ello conlleva. “Tiempo y dinero que, en definitiva, va en detrimento de una mejor atención a los ciudadanos”.