La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por uno de los investigados por el crimen de Samuel Luiz (K.A.S.C.) contra el auto del juzgado instructor que el 13 de agosto decretó el mantenimiento de su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza. En la resolución, contra la que no cabe presentar recurso, los magistrados explican que existen “indicios racionales de la comisión de un hecho delictivo” por parte del investigado. Además, aprecian riesgo de fuga debido a la petición de pena de cárcel a la que podría enfrentarse y de alteración de fuentes de prueba, un riesgo que consideran que podría aumentar con su puesta en libertad.
El tribunal entiende que la medida cautelar impuesta al apelante resulta “necesaria y proporcional” debido a la “solidez” de la base inculpatoria respecto a su participación en los hechos. Así, destaca que se trata “de una agresión brutal, ejecutada por una pluralidad de personas y a lo largo de un lapso relativamente prolongado de tiempo”. Los jueces, además, advierten que los hechos podrían llegar a ser calificados como asesinato y, por tanto, “llegar a una petición de pena de hasta 25 años de prisión”. Por ello, subrayan que es necesario “extremar las precauciones para garantizar el enjuiciamiento futuro”.
El tribunal asegura, al contrario de lo que defiende el investigado, que su comparecencia voluntaria ante la policía podría responder a una estrategia procesal, más que a una intención de colaborar, ya que en ese momento era consciente de que su identidad había sido descubierta. Además, incide en que se apreciaron “omisiones y contradicciones” en esa primera declaración y en que no entregó a los agentes el teléfono móvil de la víctima.
La Audiencia, por tanto, ha confirmado el contenido del auto del Juzgado de Instrucción número 8 de A Coruña que decretó el mantenimiento de la prisión provisional del apelante. Esta es la segunda vez que K.A.S.C. solicita su puesta en libertad al alto órgano jurisdiccional provincial.