La Sala confirma la sentencia de un Juzgado de lo Penal que le consideró autor de un delito de corrupción de menores. Tenía almacenados 4.200 archivos, de los que compartió cerca de 1.900
Según un comunicado del Poder Judicial, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a dos años de prisión por un delito de corrupción de menores en su modalidad de difusión de pornografía infantil a un hombre, con domicilio en Elda, que envío cerca de 1.899 archivos audiovisuales de contenido pedófilo a través a una aplicación de mensajería instantánea.
La Sala confirma así una sentencia dictada el 28 de marzo de 2021 por el Juzgado de lo Penal número 9 de Alicante que, además, impone al condenado una inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión y oficio que, directa o indirectamente, conlleve un trato regular y directo con menores de edad o con incapaces durante tres años. Según la resolución, tras el cumplimiento de la pena de prisión, al penado se le aplicará la medida de libertad vigilada durante dos años.
Los hechos se iniciaron a partir de las indagaciones de la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía en la conocida como web oscura o ‘dark web’, esto es, los espacios de Internet que no están indexados y a los que solo se puede acceder mediante software específico o autorización, donde la policía judicial descubrió la existencia de un grupo de WhatsApp con un nombre relacionado con la pornografía infantil, que permitía a los miembros el intercambio de mensajes de texto, fotos, vídeos o audios, uno a uno o en grupo. Uno de los integrantes de ese grupo era el condenado.
El 21 de febrero de 2018 se realizó la entrada y registro a su domicilio en Elda, donde los agentes se incautaron de un teléfono con hasta 4.201 vídeos de contenido claramente pedófilo. De ellos, 1.899 habían sido enviados a través de la aplicación desde el terminal del penado.