La sentencia de 30 de junio de 2021 de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido a instancias de los servicios jurídicos del SUP que “las lesiones sufridas por policías a causa de personas sobre las que ejercen sin negligencia su trabajo los agentes, deben ser resarcidas por la Administración” refiriéndose en concreto a un caso en que el condenado se declara insolvente para pagar la indemnización a un policía nacional destinado en la Jefatura Superior de Asturias.
El TS aclara también que la indemnización por dichas lesiones no está incluida en el complemento específico de riesgo como intentaba justificar el letrado de la Administración.
La sentencia favorable y justa para el policía nacional menciona específicamente a la Policía Nacional y a su Ley de Personal, creando doctrina y fija la senda que deben seguir futuras sentencias sobre casos similares.
Desde el SUP se alegran por la sentencia y lo más importante, que ésta despeje el camino para todos los policías nacionales que se vean en una situación similar.