El número de empresas y viviendas particulares que se han lanzado al autoconsumo de energía no ha dejado de ascender en los últimos años. Aunque también lo han hecho las dudas acerca de lo que dice la legislación sobre producir nuestra propia energía.
El autoconsumo de energía eléctrica aparece regulado en el Real Decreto 244/2019, y en el se recogen todas las condiciones administrativas, técnicas y económicas necesarias para la puesta en marcha de cualquier instalación. Consiste, básicamente, en usar la energía que produce la instalación fotovoltaica de nuestra casa o vivienda, consiguiendo así un ahorro energético de hasta un 60%, un porcentaje que, sin duda, ayuda a que las facturas eléctricas se vean drásticamente reducidas.
La inversión necesaria para instalar en paneles fotovoltaicos en una empresa o vivienda depende de muchos factores y es complicado ofrecer una cifra orientativa, por eso, la mayoría de empresas expertas en autoconsumo, realizan estudios y planes de viabilidad de manera gratuita para que la elección se ajuste lo máximo posible a las necesidades del consumidor.
Otro factor del que también se suelen encargar estas empresas es de la información y gestión acerca de las ayudas para el autoconsumo que hay disponibles en el momento de la instalación. Además de las bonificaciones generales que existen, como la deducción del IBI, IRPF o ICIO, las comunidades autónomas también ofrecen las suyas propias. Normalmente, éstas sufragan algún porcentaje del coste total de la puesta en marcha de las placas solares.
A partir del año 2019, el Real Decreto 244/2019, se comenzó a regular la compensación por excedentes. Esto significa que la energía que no se consume, se puede verter a la red eléctrica para que una empresa comercializadora, con la que previamente se ha llegado a un acuerdo, compense esos excedentes de energía. La forma de hacerlo es en la factura del mes siguiente; por ejemplo: si en marzo hemos generado excedentes, en abril se nos descontará esa cantidad del importe de la factura.
Otro dato interesante a tener en cuenta, es la eliminación de las tasas en la generación fotovoltaica. La derogación del Impuesto al Sol, que había entrado en vigor en octubre del 2015 (Real Decreto 900/2015), regulaba todas las condiciones para las instalaciones fotovoltaicas. Desde aprobación, estuvo rodeado de polémicas, y es que gravaba todas las instalaciones de producción de energía solar, como las placas solares destinadas al autoconsumo. Incidía sobre dos conceptos:
- El primero, sobre la potencia instalada: en este apartado se contemplaban aquellas instalaciones que tuviesen baterías para almacenar los excedentes y también las que superasen los 100kW de potencia.
- El segundo, sobre la energía que se consumía proveniente de la instalación: se aplicaba entre la energía producida y el excedente que se volcaba a la red.
El principal argumento del que se sirvió en Ministerio de Industria, Energía y Turismo para su aprobación fue que los clientes con instalaciones de placas solares, estaban también conectados a la red, usando la energía que sus paneles no podían producir.
La derogación de este impuesto de produjo por las directrices europeas, firmando en 2018 un acuerdo sobre energías renovables para el 2030 en el que se declaraba que este impuesto, que no sólo se cobraba en España, era ilegal.
Para un país como España, el país de Europa con más horas de luz solar, la derogación de este impuesto trajo muchas ventajas. Las empresas, las principales afectadas, aplaudieron la medida, ya que, entre otras cosas, el tiempo de retorno de la inversión se vio claramente reducido. También los particulares se vieron beneficiados, aunque fueron los menos, ya que los consumidores domésticos con potencias superiores a los 10kW no abundan. En el 2018, año de derogación del impuesto, este tipo de instalaciones se vieron incrementadas en un 80% con respecto al año 2017.
Además de la derogación de este impuesto, también existen otros muchos motivos para optar por la instalación de placas solares destinadas al autoconsumo. Uno de ellos es que se trata de una inversión rentable, ya que la mayoría de empresas instaladoras, como es el caso de Coversun.es, ofrecen garantías de sus productos de, como mínimo 10 años, y hasta 25 años de producción de la instalación, aunque producen durante más tiempo. Además, su mantenimiento apenas conlleva ningún coste, porque no necesitan movimiento ni combustible, y no se desgastan por su uso.
Y lo mejor es que hay numerosas opciones de colocación de las instalaciones:
- Para empresa: suelen tener un gasto mucho más elevado en sus facturas eléctricas, por lo que resulta una buena opción optar por el autoconsumo fotovoltaico industrial. Es importante contar con una empresa instaladora que asesore de forma correcta para cubrir las necesidades de la manera más eficaz posible.
- En viviendas: además de poder instalar placas solares en casas de particulares, cada vez son más las comunidades de vecinos (en edificios o urbanizaciones) que se deciden por el autoconsumo colectivo. En este caso, todos los propietarios de viviendas que pertenezcan a dicha comunidad, se verán beneficiados de rebajas en sus facturas.
Respondiendo a las dos preguntas con la que abría este titular, la respuesta a ambas es sí: es legal instalar paneles solares para el autoconsumo. La legislación vigente ampara y favorece un cambio hacia el consumo de energía limpia y renovable, allanando el camino para particulares y empresas. Y sí, también es rentable. Sumando todo lo que se ahorra en la factura eléctrica, las bonificaciones fiscales y las subvenciones autonómicas, el resultado siempre será positivo.