Horas de investigación donde se puede ver todo el proceso de una denuncia, desde la recogida de la misma, hasta su finalización dando cuenta a la Autoridad Judicial
Escuchas, vigilancias, seguimientos, visualizaciones de imágenes, declaraciones y detenciones son el día a día de los grupos de Policía Judicial
En el sentido general de la Policía Judicial, son todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cualquiera que sea su naturaleza y dependencia, en la medida en que deben prestar la colaboración requerida por la Autoridad Judicial o el Ministerio Fiscal en actuaciones encaminadas a la averiguación de delitos o descubrimiento y aseguramiento de delincuentes, con estricta sujeción al ámbito de sus respectivas competencias, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 1 del Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía Judicial).
Si bien en el sentido estricto, la Policía Judicial está constituida por las Unidades Orgánicas previstas en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad integradas por miembros del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil.
Las funciones de la Policía Judicial vienen recogidas en el artículo 126 de la Constitución española. Dependen de los jueces, de los tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.
Las Brigada de Policía Judicial es el lugar dentro de la Policía Nacional y Guardia Civil, donde se tramitan el 90 por ciento de los atestados.
Horas de dedicación a investigaciones que se prolongan en el tiempo, y donde los horarios establecidos pasan a un segundo plano.
Vigilancias y seguimientos que se saben cuándo empiezan, pero no cuando ni donde se van a acabar. Disponibilidad de horario para “tirar” de un tema en un momento dado y llegar a realizar más de veinte horas seguidas para realizar vigilancias, detenciones, registros y el atestado policial.
Desarticulación de grupos organizados y violentos, capos de la droga, redes de pornografía, blanqueo de capital, estafas, bullying, malos tratos, homicidios, Delincuencia Económica, etc, son las principales funciones de los grupos especializados de la Policía Judicial.
Grupos de Investigación
Por otro lado, están los grupos de investigación de las comisarías y cuarteles, donde las denuncias llegan por oleadas a los despachos y donde la rapidez para esclarecerlas es vital.
Consultas de información a través de bases de datos oficiales, solicitud de información a bases de datos externas, petición de cámaras de seguridad y visionado de las mismas. Llamadas telefónicas, identificaciones, requerimientos judiciales, oficios, traspasos, desaparecidos, diligencias, actas, detenciones y denuncias son el día a día de estos grupos.
Todo ello acompañado de una burocracia que ralentiza todo el proceso hasta niveles inimaginables.
Estos grupos de investigación son de los grupos más polivalentes, al no estar encasillados dentro de ninguna especialidad. Mientras que las Brigadas de Policía Judicial se dividen por especialidades, como ya hemos visto, los grupos de investigación tratan todos los delitos que no están encasillados en los grupos de judicial. Estafas (dependiendo de la cantidad), lesiones, daños, robos de vehículos, robos con fuerza, robos con violencia, hurtos o usurpaciones de bienes inmuebles entre otros.
A los grupos de investigación llegan la mayoría de las denuncias que se tramitan en las oficinas de denuncias y atención al ciudadano (también encasilladas en las Brigadas de Policía Judicial) y ellos son los encargados de investigarlas y dar debida cuenta a la Autoridad Judicial.
Autor: Carlos Fernández. Miembro de las FFCCS