Lo advierte la cuenta oficial de la Guardia Civil; “simulan ser mudos para no revelar su origen… Uno se acerca pidiendo una firma o un donativo para una falsa ONG y otros te rodean para robarte la cartera o el móvil…”
#Cuidadín…
Simulan ser mudos para no revelar su origen…
Uno se acerca pidiendo una firma o un donativo para una falsa ONG y otros te rodean para robarte la cartera o el móvil…#NoPiques #Denuncia📞062pic.twitter.com/uka7n1yfMw— Guardia Civil (@guardiacivil) February 6, 2021
Actúan en grupo, buscan un objetivo en plena calle y lo abordan. Se está detectando que simulan ser mudos para ocultar su origen, ganarse la confianza delas víctimas y conseguir distraerlas mientras otros le sustraen los objetos de valor.
Es una conocida modalidad de hurto, que varía poco en el modus operandi; distraer para sustraer.
El aumento de esta modalidad delictiva es evidente, ya esta pasada Navidad se puso en marcha en Madrid un dispositivo para prevenir y perseguir hurtos al descuido en las zonas de más afluencia de personas: medios de transporte y zonas comerciales. Solo el día de inicio, ya se detuvo a 23 personas y se cacheó a 500.
El delito de hurto se encuentra tipificado en el Código Penal en los artículos 234 a 236, definiendose como la acción de apoderarse con ánimo de lucro de cosas muebles ajenas en contra de la voluntad de su dueño.
Se distingue del delito de robo porque en el hurto no se emplea ni fuerza en las cosas, ni violencia, ni intimidación para apoderarse de las cosas o para asegurar la huida.
Artículo 234
1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.
2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.
3. Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando en la comisión del hecho se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas.