La Dirección General de la Policía ha impartido una serie de medidas recogidas en la resolución de 12 de marzo. La DGP determina en este documento las medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la dirección como consecuencia de la situación de riesgo sanitario provocada por la evolución del COVID-19.
Las medidas van desde el aislamiento de los funcionarios afectados hasta la flexibilidad de la jornada laboral, pasando por restricciones en la prestación del servicio.
También se refiere a evitar la realización de tareas que no sean imprescindibles, suspender reuniones de trabajo, la actividad académica, evitar viajes…
La DGP no se olvida en la resolución de modificar la prestación de servicios, reducir o ampliar la jornada atendiendo a criterios de compensación. En definitiva, la policía al servicio del ciudadano y de las circunstancias.
En el documento se recuerda a todos los policías que deben estar a disposición cuando se les requiera, para prestar sus servicios. Incluso en el caso de que el funcionario o funcionaria policial se encuentre al cargo de menores o mayores dependientes, cuando resulte imprescindible, y esa circunstancia quede acreditada, se autorizará la permanencia del personal en su domicilio durante el tiempo mínimo indispensable, teniendo la consideración del deber inexcusable relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral.