El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratifica así la sentencia de la Audiencia de Málaga que estimó probado las intenciones homicidas del autor por asestar un navajazo en el pecho a un guardia civil de paisano. Además deberá indemnizar a la víctima con 1.650 euros.
Los hechos tuvieron lugar en septiembre de 2017, cuando el guardia civil se dirigía en su coche particular a su puesto de trabajo, en Mijas. Al observar a un individuo discutir con tres personas de avanzada edad, decidió apearse del vehículo y mediar.
El condenado no recibió de buen agrado la intervención del guardia civil y reaccionó violentamente contra él a base de puñetazos. Acto seguido, se dirigió a una vivienda cercana y regresó a la escena de lo ocurrido con una navaja en la mano, con la que acometió en varias ocasiones contra su víctima.
Como consecuencia de la agresión, el guardia civil sufrió una herida inciso cortante de 12 centímetros de profundidad en el hemitórax derecho, que pudo haber afectado al pulmón y ocasionar un “grave riesgo para la vida”. Igualmente sufrió otras heridas y hematomas por todo el cuerpo.
El TSJA desmontó los argumentos de la defensa, al entender suficientemente probado el ánimo homicida que movía al condenado: «Las características del arma utilizada, la zona del cuerpo afectada, la intensidad del golpe, que pudo ser esquivado en parte por la víctima, con herida de 12 centímetros de longitud; y el hecho de asestar varios golpes».
El Tribunal andaluz desestima así el recurso presentado por la defensa del acusado contra la sentencia de la Sección Octava de Málaga, que condenó al hombre por un delito de intento de homicidio y, además de la pena de prisión de cinco años y medio decretada, le impuso indemnizar a la víctima con 1.650 euros.
Por el contrario, absolvió al reo del delito de atentado contra agente de la autoridad, al no quedar suficientemente acredito que conociera la condición de guardia civil de su víctima.