La Policía Nacional ha detenido a un varón de 45 años de edad, de nacionalidad española y con domicilio en Baiona por una simulación de delito.
Alerta en un centro médico
El pasado día 13 de enero a las 04:45 horas de la madrugada sonaba el teléfono de la Sala del 091. Del otro lado del hilo telefónico un médico informaba que instantes antes había ingresado en el servicio de urgencias un varón que manifestaba haber estado retenido en contra de su voluntad por un grupo de captores.
Una dotación acudió inmediatamente al lugar para entrevistarse con el personal facultativo y para interesarse por la presunta víctima, la cual declaró a los agentes que el pasado 4 de enero, al salir de un cajero automático de la Gran Vía de Vigo, había sido abordado por un individuo de complexión fuerte que lo introdujo a la fuerza en una furgoneta de color blanco, en cuyo interior había otros dos varones con la cabeza tapada y que hablaban en una lengua del este de Europa.
A continuación le taparon la cabeza y lo ataron, al tiempo que le retiraban el teléfono móvil, la tarjeta de débito y le exigían el PIN.
Al negarse a facilitárselo comenzaron a golpearle en la cabeza y por otras partes del cuerpo.
Durante los siguientes días continuaron golpeándolo con diversos objetos, así como produciéndole quemaduras en diferentes partes del cuerpo y de la cara, al tiempo que lo amenazaban.
Mientras duró el cautiverio, sus secuestradores hicieron varias retiradas de dinero de su cuenta con la tarjeta de débito que le sustrajeron, y lo desplazaron de un lugar a otro.
Sería en uno de esos desplazamientos, y tras un fuerte frenazo, que sus ataduras se aflojaron y aprovechó un despiste de los captores para tirarse del vehículo en marcha.
Fruto de su invención
Iniciada la investigación por parte de la policía, comenzaron a aflorar diversas dudas sobre la forma en que podrían haberse desarrollado los hechos.
Además los agentes descubrieron que si bien había retiradas en efectivo en diversos cajeros de la ciudad por un importe cercano a los 3500 euros, estos parecían haberlos realizado el propio titular de la tarjeta.
Avanzada la investigación se comprobó que dicho secuestro nunca había existido y que todo había sido invención de la presunta víctima, por lo que se procedió a la detención de este varón y a su traslado a dependencias policiales.
Ya en Comisaría se realizó una consulta de las bases de datos en la que se confirmó que a este individuo le constaban 6 antecedentes policiales anteriores.
El detenido y todo lo actuado pasaron a disposición del Juzgado de Instrucción número 6 de los de Vigo, en funciones de guardia.
Hecho similar
Este no es un hecho aislado, ya que el pasado año una mujer había denunciado haber sido víctima de un secuestro y de abusos por parte de tres varones extranjeros.
Según había declarado la víctima tres hombres se le habían acercado y la metieron a la fuerza en un vehículo, para llevarla a una vivienda situada en las cercanías de Chapela, donde la retuvieron durante tres horas.
Aprovechando un despiste de estos, y que al parecer estaban borrachos, había logrado huir y pedir auxilio.
En aquel caso la investigación logró determinar que nunca habían sucedido esos hechos y que todo era invención de la mujer para llamar la atención de su pareja.
Todos estos hechos causan graves perjuicios en la labor policial ya que los agentes que tienen que realizar la investigación de los hechos denunciados, han de retraerse de las investigaciones de los hechos reales. Es un abuso a las administraciones el hacer un uso innecesario de sus limitados recursos.
La simulación de delito es una infracción tipificada en el Código Penal, lo cual motiva que las personas que incurren en este delito tengan que responder penalmente por ello, dándose cuenta siempre a la Autoridad Judicial.
El Código Penal
“ha sido informado de la obligación legal que tiene de decir la verdad” (art. 483 L.E. Cr.) “y de la posible responsabilidad penal en que puede incurrir en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal” (art. 456 C.P.) “simular ser responsable o víctima de una infracción penal” (art. 456 C.P) “denunciar una infracción penal falsa o inexistente” (art. 457 C.P.) “o faltar a la verdad en su testimonio” (art. 458 C.P.)