La asociación profesional, tras analizar las declaraciones de los cuatro guardias civiles que sobrevivieron al ataque de la narcolancha en el puerto de Barbate, considera que “los superiores denunciados tenían constancia plena de que los medios eran insuficientes y, aun así, obligaron a los guardias civiles a realizar una intervención policial fuera de sus capacidades y actitudes”
El jefe de equipo del Grupo Especial de Actividades Submarinas (GEAS) comunicó al menos en dos ocasiones a sus superiores que era imposible salir al mar con la lancha de la que disponían “ya que es muy pequeña y hay riesgo de que las narcolanchas nos pasen por encima” como finalmente ocurrió y acabó con la vida de los guardias Miguel Ángel González y David Pérez
La asociación profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) ha interpuesto una denuncia por un presunto delito de homicidio por imprudencia y delitos de lesiones graves por imprudencia contra el general jefe de la Zona de la Guardia Civil de Andalucía y el coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Cádiz.
La denuncia se fundamenta en los trágicos acontecimientos ocurridos en el Puerto de Barbate el 9 de febrero de 2024, donde perdieron la vida dos guardias civiles y varios resultaron heridos de gravedad. Según la denuncia, la intervención policial en el Puerto de Barbate se realizó bajo condiciones extremadamente peligrosas y sin los medios adecuados para enfrentar la situación. Los superiores jerárquicos, a pesar de conocer los riesgos, ordenaron realizar una intervención para la que los guardias civiles que participaron no estaban preparados ni contaban con los recursos necesarios.
Medios insuficientes en malas condiciones meteorológicas
El escrito de denuncia detalla que la embarcación de la Guardia Civil asignada para la intervención era insuficiente frente a las “narcolanchas”, por ser estas significativamente más grandes y poderosas. Además, los agentes asignados no estaban adecuadamente preparados ni equipados para una operación de este tipo, lo que aumentó el riesgo para sus vidas. La denuncia recoge que los componentes de los equipos GEAS no están preparados para este tipo de intervenciones policiales, mientras que los dos componentes del GAR que los acompañaban como refuerzo, carecían de los medios necesarios, por ejemplo, cascos. Hay que señalar que ambos fallecidos sufrieron contusiones en la cabeza provocados por el paso sobre ellos de la narcolancha que los arrolló.
La denuncia también hace referencia a las condiciones meteorológicas desfavorables en el momento de la intervención, así como a las declaraciones previas de las autoridades que sugieren una falta de preparación y de medias adecuados por parte de la Guardia Civil para enfrentar este tipo de situaciones.
Se avisó en varias ocasiones que con aquellos medios no era posible la intervención
La denuncia de JUCIL se basa en las declaraciones del jefe del equipo de los GEAS. El sargento que dirigía el equipo recibió una llamada del coronel jefe de Cádiz en la que se le indica que el superior jerárquico, el general jefe de la Zona de Andalucía requiere al equipo GEAS para que acuda al puerto de Barbate. En esa llamada se comunica al coronel “que no pueden salir con la lancha de la Guardia Civil, ya que es muy pequeña y hay riesgo de que les pasen por encima con las narcolanchas” Esta aseveración, precisa JUCIL, “se comunica al superior incluso en dos ocasiones, entre otros comentarios, dado que no es posible realizar lo que es solicitado por los superiores ahora denunciados, por el riesgo sobre la vida de los agentes si salieran con la lancha” narra el texto de la denuncia.
JUCIL añade que la lancha de la Guardia civil es un equipo antiguo, con unas medidas inadecuadas para el fin que se encomendaba al equipo “ya no solo hay que fijarse en la diferencia abismal entre las lanchas, lo cual se dejó constancia al superior que ahora se denuncia, y el riesgo de muerte que existía, la facilidad con la cual podían pasarles por encima y causar daños trágicos e irreparables (como sucedió), sino que la preparación de los agentes no era acorde a la intervención otorgada a los mismos por los superiores”, ahonda la denuncia. Así, mientras los GEAS no están preparados para estas intervenciones, los GAR carecen de entrenamiento en el ámbito náutico. “Y aunque tuvieran algo de conocimiento, fueron asignados sin medios de protección. Fueron destinados a dicha intervención sin casco, sin chaleco protector antibalas, sin armas largas, portando una simple arma corta como los demás agentes. Fue el GEAS quien tuvo que otorgar un casco y neopreno para la actuación policial, casco que no sirvió de nada dado que los dos fallecidos tuvieron contusiones fatales en la cabeza, como se pueden observar de las autopsias contenidas en el atestado policial” narra la denuncia presentada en Barbate.
Penas de uno a cuatro años de prisión en los casos de muerte por imprudencia
JUCIL afirma así que estas circunstancias, las de la mala calidad de los medios, la falta de preparación de los guardias civiles y las malas condiciones meteorológicas “eran conocidas por los ahora denunciados, quienes obligaron a realizarla, al ser superiores y los agentes no poderse negar, para que salieran. Y el destino de los agentes fue fatal, pudiendo haber sido incluso peor”. JUCIL sabe de la apertura de una causa en el Juzgado número 1 de Barbate por un posible delito de prevención de riesgos laborales cometidos por los ahora denunciados, si bien considera “que no solo se ha producido la comisión del mismo, sino que los superiores denunciados tenían constancia plena de que los medios de la Guardia Civil eran insuficientes– y aún así — obligaron a los agentes a salir y realizar una intervención policial fuera de sus capacidades y aptitudes, sin lo necesario, a sabiendas del riesgo de muerte, siendo los mismos completamente afines a que se realizar la intervención, sin importar el resultado, dada la situación ‘política’ acaecida con anterioridad”, afirma JUCIL en su denuncia. “Por los hechos expuestos, esta parte, como calificación provisional, considera que nos encontramos ante dos delitos de homicidio por imprudencia grave del artículo 142 de nuestro Código Penal, así como cuatro delitos de lesiones graves por imprudencia del artículo 152.1.2 del Código Penal” concluye JUCIL. El artículo 142 castiga con penas de uno a cuatro años de prisión los casos de muerte por imprudencia. JUCIL solicita que se inicien las correspondientes diligencias previas para esclarecer estos hechos y que se investigue bajo estos criterios la responsabilidad de los superiores jerárquicos en este suceso.