La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 15 años de cárcel por delito de asesinato a dos acusados de la muerte a golpes de un joven en la puerta de una discoteca de Málaga en la madrugada del 22 de abril de 2017.
El Supremo desestima íntegramente los recursos de los dos condenados al considerar que tanto un tribunal del jurado de la Audiencia de Málaga como posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía valoraron correctamente las pruebas para concluir “más allá de toda duda razonable” que los dos acusados participaron activamente en los hechos, golpeando a la víctima y asumieron el resultado producido, y no han sido condenados “por estar allí” la noche de los hechos.
Así, la sentencia recuerda que la principal prueba de los hechos es la grabación de las cámaras situadas en el exterior de la Sala Theatro de Málaga que captaron los golpes recibidos de parte de los dos acusados. De esa prueba se deduce, subraya el Supremo, que los acusados actuaron con la alevosía que caracteriza el delito de asesinato, ya que la víctima “de ningún modo podía esperar el ataque de uno de los presentes con quien ni se había encarado, ni tenía al alcance de la vista, ni podía presumir que formaba grupo con la persona con la que sí se encaraba”.
Añade que hubo una “decisiva superioridad interviniendo dos personas en el ataque, junto con el factor sorpresa”, lo que elevó la potencialidad lesiva, y disminuyó las posibilidades de defensa, base todo de ello de la alevosía.
Según los hechos probados de la sentencia confirmada, la víctima estaba en la zona centro de Málaga celebrando su cumpleaños en compañía de unos amigos. Sobre las 4.35 horas abandonó la Sala de ocio donde estaban y observó que había una discusión entre personas que no conocía. “Cuando se dio la vuelta y abandonaba el lugar, estando de espaldas a (uno de los acusados) recibió de este de manera sorpresiva dos fuertes puñetazos en la cabeza, golpeándole de nuevo cuando estaba en el suelo, dejando de golpearlo cuando intervino un tercero, amigo suto, al que también propinó un puñetazo”.
Instantes después de recibir los dos primeros puñetazos, el otro acusado le propinó a la víctima un fuerte derechazo también en la cabeza que le hizo caer al suelo de rodillas. Estando en el suelo sentado, le siguieron golpeando y le dieron patadas. A consecuencia de los golpes que ambos jóvenes le propinaron, la víctima sufrió tan graves lesiones que determinaron su fallecimiento en escaso tiempo.
La sentencia ratificada indica que los acusados no buscaron dar muerte a la víctima., al que de nada conocían, pero dada la violencia, envergadura y fuerza de los golpes, unido al lugar al que la mayoría de estos se dirigieron, la cabeza, hizo que pudieran representarse que tal muerte podía suceder, y pese a ello asumieron dicha posibilidad por resultarles indiferente.
El TSJ andaluz confirmó la condena por asesinato a ambos acusados, pero estimó el recurso de otras dos personas que habían sido condenadas por la Audiencia de Málaga como cómplices a 14 meses de prisión, y que quedaron absueltas.